This is a catalog of Notary Records from the 17th century found at the State Archives of Zacatecas. The transcriptions were done by Jaime Holcombe and provided to Nuestros Ranchos by Guillermo Tovar de Teresa.
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124. Obligacion.
Zacatecas, 2 de julio 1678. Antonio de la Ribilla, vecino y minero de esta ciudad, se obliga a pagar al capitan don Luis de Bolivar y Mena, factor de la real caja, 7,009 pesos y 6 tomines en reales por otros tantos que le ha prestado para la fabrica de su hacienda de minas. Pagara la primera mitad y la otra en junio que viene de 1679. Fjs.(94-94v)
Arrendamiento.
Zacatecas, S/f .
El capitan Luis de Bolivar y Mena, factor, juez oficial de la Real Hacienda y Caja, dice que Alvaro de la Villa, mercader, vecino en su testamento trata de una casa alta con dos bodegas bajas en la plazuela del maese de campo y que dono al Convento por 104 misas. La quiere rentar por 3 vidas sin reparos; Se la da en renta por 120 pesos.
130. Venta de esclava.
Zacatecas, 5 de julio 1678. Luis de Bolivar y Mena, factor de la Real Hacienda y Caja de esta ciudad, vende en venta real a Juan de Salazar, vecino de las parras, una negra su esclava llamada Maria de edad de 35 anos la cual compro al capitan Francisco de Viruega en cantidad de 200 pesos en reales oros de alcabala. Fjs.(99v-100)
80. Poder especial.
Zacatecas, 17 de octubre 1678. Los capitanes Francisco Gomez Rendon, tesorero y Antonio de Salazar, contador y el factor Luis de Bolivar y Mena, jueces y oficiales de la Real Hacienda y Caja, dan Poder a Domingo Lopez de Orozco, vecino de la ciudad de Mexico y agente de los otorgantes, para que comparezca ante el excelentisimo senor virrey sobre la asignacion de 200 quintales de Azogue para los mineros del distrito. Fjs.( 66-66v)
160. Obligacion. Zacatecas, 13 de septiembre 1674. Domingo de Zarate, vecino y minero, da poder al doctor Juan Manuel de Bolivar y Mena, presbitero, abogado de las Reales Audiencias, especialmente para que aparezca ante el doctor Tomas Pizarro Cortes del Consejo de su Majestad y oidor de la Real Audiencia de Guadalajara, juez general de Bienes de Difuntos de este Reino, para decir que es uno de los herederos de Juan de Gastelu, vecino, minero, difunto. Debe 1,500 pesos a los herederos y hermanos y a sus herederos que viven en el Reino de Navarra. Pedir que le haga espera de 3 anos; cada ano pagara 500 pesos en la Real Caja. Fjs. (114-114v)
167. Poder para testar.
Zacatecas, 20 de agosto 1678. Don Luis de Bolivar y Mena, factor real en propiedad de la Real Hacienda y Caja de su majestad de esta ciudad, hijo legitimo del licenciado don Juan de Bolivar y Cruz del consejo de su majestad y su oidor mas antiguo de la real audiencia y do dona Justa y Mena y Cuevas, su mujer ambos difuntos otorga testamento y dice que tiene comunicado a su legitima esposa dona Margarita de Manjarrez de todas su deudas y otorga a la dicha su esposa poder para que cuando el dicho don Luis de Bolivar muera. ella haga cumplir todas las clausulas de su testamento, sus herederos son: dona Gertrudis y dona Justa de Mena y Bolivar Manjares, sus hijas legitimas. Fjs.(127-127v)
Obligacion.
Zacatecas, 27 de octubre 1673.
Jose de Leon y Alonso Arcos, mancomunados, se obligan a pagar al capitan Luis de Bolivar y Mena, factor, juez oficial de la Real Caja 200 pesos oro comun en reales.
168. Poder para Testar.
Zacatecas, 20 de agosto 1678. Maria de Manjarrez, mujer legitima del capitan don Luis de Bolivar y Mena, factor oficial real de la Real Hacienda y Caja de su majestad y oidor que fue de la Real Audiencia de este reino y de la provincia de Guatemala, y de dona Francisca de Leon y Villegas, sus padres difuntos, otorga poder a don Luis de Bolivar y Mena para que a su muerte pueda otorgar su testamento y en el ponga sus clausulas. Fjs. (127v-128)
252. Obligacion.
Zacatecas, 5 diciembre 1678. Sebastian Corea, mercader y Manuel Corea, minero, hermanos y vecinos que son de esta ciudad, se obligan a pagar a don Luis de Bolivar y Mena, factor oficial de esta real caja 1430 pesos en reales, por otros tantos que les ha prestado, los cuales pagaran de esta fecha en un ano y cada 4 meses la tercera parte. Fjs. (190-190v)
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